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Lo que aclaró el Ministerio sobre el DeCA en su webinar

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El Ministerio de Transportes ha respondido las dudas más repetidas sobre el DeCA en dos sitios: la presentación de la Subdirección General de Inspección de Transporte por Carretera y Ferrocarril que se expuso en sus webinars, y su página de preguntas frecuentes. Lo esencial: el transporte privado complementario no necesita DeCA, quien ya hacía documento de control lo sigue haciendo en electrónico, no hay que certificar las aplicaciones ni subir los DeCA a ninguna plataforma del Ministerio, y hay una herramienta pública gratuita, SIMPLE. Aquí tienes cada aclaración, en corto y con su fuente.

Quién tiene que hacer el DeCA

El transporte privado complementario, no

La respuesta sobre transporte privado de las preguntas frecuentes parte del artículo 1 de la Orden FOM/2861/2012, que hace el documento «exigible en los transportes públicos». Por eso el DeCA no aplica al transporte privado complementario: el de empresas cuyo objeto no es transportar, pero para las que el transporte es un complemento de su actividad principal.

Eso no significa viajar sin documentación. El vehículo debe llevar documentación suficiente para acreditar los apartados a), c) y d) del artículo 102.2 de la LOTT, que el Ministerio resume así: que las mercancías pertenezcan a la empresa o formen parte de su actividad principal (compra, venta, alquiler, producción, extracción, transformación o reparación) y que vehículos y conductores estén integrados en su organización. El resto de supuestos, en exenciones del DeCA.

Quien hacía documento de control lo sigue haciendo

La digitalización no cambia la Orden. Lo dice la respuesta sobre paquetería, que sigue exenta: «los que antes no hacían documento de control, siguen sin tener que hacerlo, y los que lo hacían en papel, ahora lo tendrán que hacer en electrónico». La presentación insiste en que el documento de control «existe antes de la obligación de digitalización» (diapositiva 5) y recuerda su ámbito: solo transporte interior, nacional y cabotaje, y solo público (diapositiva 6).

Tampoco hay periodo de gracia: según las preguntas frecuentes, no está prevista ninguna fase sin sanción después del 5 de octubre de 2026. Lo contamos en el DeCA no tiene moratoria.

Aplicaciones, registro y certificación

No hay que certificar las aplicaciones

La respuesta es literal: «No, no hay que certificar las aplicaciones informáticas del DeCA». El Ministerio atribuye la duda a «una confusión con las plataformas eFTI (electronic Freight Transport Information), las cuales sí habrá que certificar». Ninguna aplicación DeCA necesita, por tanto, una homologación del Ministerio.

No hay plataforma del Ministerio donde subir los DeCA

Según las preguntas frecuentes, el DeCA «no es una aplicación informática del Ministerio»: cada empresa usa una aplicación propia o la de un proveedor, y «no hay que subir todos los DeCA a ninguna plataforma del Ministerio». Los PDF quedan en un repositorio desde el que las autoridades los descargan si hay un control. Las diapositivas 15 y 16 lo dibujan: cada PDF tiene su URL en el repositorio, con un nombre de fichero o con un código, y la flecha hacia el Ministerio aparece tachada.

Ya no hay que registrar el dominio

La Resolución de 5 de junio de 2026 sustituye a la de 2023 (apartado décimo), y la página del DeCA del Ministerio destaca un cambio: «se ha eliminado la necesidad de registro previo del dominio donde se almacenan los DeCA». El apartado primero de la Resolución lo confirma: el dominio del repositorio «podrá ser cualquiera y no requerirá comunicación previa del mismo».

Las tres fases y el control en carretera

La diapositiva 14 ordena la vida de un DeCA en tres fases:

  1. Antes del servicio: recoger como mínimo todos los datos de la Orden, transformarlos en PDF y almacenarlo.
  2. Durante el servicio: el PDF debe poder descargarse por su URL, porque puede haber una inspección en carretera.
  3. Después del servicio: conservarlo al menos un año. La posible inspección es ya en la empresa, por «visita in-situ o requerimiento», y para ella no hace falta la descarga por URL.

Eso no adelanta el apagado del enlace: el apartado tercero de la Resolución solo permite desactivar la descarga «transcurridos siete días naturales tras la finalización del servicio».

La diapositiva 17 muestra el control en carretera: desde su tableta, el agente envía la URL del DeCA (la que contiene el código QR) a una pasarela del Ministerio, la «Pasarela DGTCF», que llama por HTTPS a esa URL en el repositorio donde está guardado el DeCA, recibe el PDF y se lo entrega al agente. El paso a paso, visto desde la cabina, en la inspección del DeCA en carretera.

Usar el formato CMR no convierte el transporte en CMR

El artículo 5 de la Orden deja el formato del documento a elección de cada uno, y el apartado octavo de la Resolución admite el de otros documentos de transporte. Pero la respuesta sobre formatos de las preguntas frecuentes pide distinguir el formato, «los campos y su disposición visual», del carácter legal: en un transporte nacional puedes usar el formato del CMR, «pero eso no significa que se esté realizando el servicio bajo del convenio CMR, puesto que no es de aplicación a un transporte nacional».

Uses el formato que uses, tienen que estar todos los datos del artículo 6 y el cargador contractual y el transportista efectivo, identificados de forma expresa y diferenciada. El eCMR, por cierto, no es obligatorio (primera de las preguntas frecuentes). Las diferencias de fondo están en DeCA vs CMR, y el caso del documento de mercancías peligrosas, en DeCA y documento ADR.

SIMPLE, la herramienta gratuita de la Administración

El cuarto bloque de la presentación (diapositivas 26 a 28) se dedica a SIMPLE, una plataforma para digitalizar el transporte y la logística de mercancías «puerta a puerta», integrando ferrocarril, transporte marítimo y carretera. La han desarrollado el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, Puertos del Estado y ADIF, es gratuita y una de sus funciones es generar DeCA.

El acceso se solicita en simple-hmi.plataformasimple.es: primero hay que pedir el alta de una entidad y después se pueden pedir usuarios adicionales. Si buscas una herramienta sin coste y desarrollada por la propia Administración, conviene que la mires.

No es la única vía: según las preguntas frecuentes, cada empresa puede usar una aplicación propia o contratar a un proveedor. DeCAya es uno de esos proveedores: cada DeCA tiene su propio enlace, que descarga el PDF directamente desde el repositorio de DeCAya, sin credenciales ni botones, y no se envía nada al Ministerio.

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Fuentes oficiales

La información de esta página se basa en la normativa publicada por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y el Boletín Oficial del Estado.

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